CONTRATO DE LEASING Y SU CONTABILIZACIÓN EN EL NUEVO PGC (I)

El contrato de Leasing o arrendamiento financiero es un contrato por el cual un empresario puede disponer del uso de un bien, pagando una renta periódica (a modo de alquiler) por un tiempo determinado a un arrendador (la sociedad de leasing), propietaria de dicho bien.

El Leasing incluye una opción de compra para el arrendatario sobre el bien (mueble o inmueble) recibido en leasing.

Esta opción de compra se podrá ejercitar al final del contrato por un precio que se denomina valor residual y que, obligatoriamente, debe figurar en el contrato y, mediante el cual, el empresario-arrendatario podrá adquirir la propiedad del bien financiado.

El empresario-arrendatario también podrá:

  • – Suscribir un nuevo contrato de leasing sobre el mismo material
  • – Devolverlo a la sociedad de leasing

La principal utilidad para la empresa es ser una fórmula de financiación de bienes productivos, ya que se obtiene una financiación sobre el 100% de la inversión.

Por ello, no requiere grandes desembolsos iniciales.

Esto lo hace un producto muy atractivo para las empresas de nueva creación que no disponen de muchos recursos, ya que la propia inversión se autofinancia desde el inicio de su actividad productiva.

También puede resultar interesante para las empresas que busquen una actualización tecnológica o que esperen obtener resultados positivos a corto plazo.

Todo ello, sin perjuicio del especial tratamiento fiscal que recibe el Leasing.

Tipos de leasing

  • Financiero: Es el leasing propiamente dicho. En él intervienen tres partes: el arrendatario, la sociedad de leasing o arrendador y el proveedor que vende el bien a la sociedad de leasing para su cesión al usuario.
  • Operativo: El arrendamiento se realiza por periodos muy breves de tiempo, lo que supone valores residuales altos y que, por tanto, no se suela ejercer la opción de compra.
  • Lease-Back: En esta modalidad, el bien a arrendar es propiedad del arrendatario, que se lo vende al arrendador para que éste se lo ceda en arrendamiento.

Ventajas que ofrece el leasing

  • – Se puede financiar el 100% de la inversión
  • – Ofrece importantes ventajas fiscales ya que se beneficia de una doble deducción:

                En el coste de adquisición del bien

                En la carga financiera, supone un gasto fiscalmente deducible

                Ello sin perjuicio de la compensación de las cuotas del IVA

  • – Permite una amortización acelerada, lo cual puede ser muy útil para empresas solventes o que se vean muy afectadas por el progreso tecnológico (ya que al adecuar el periodo de financiación a la vida económica del bien, se reduce el riesgo de obsolescencia)
  • – No requiere realizar un desembolso inicial, por lo que no merma el activo circulante
  • – Ofrece una gran flexibilidad y rapidez de cara a una actualización tecnológica
  • – Estas operaciones no suelen formar parte del riesgo comercial a efectos bancarios

Como inconveniente

  • – En algunos casos, pueden suponer un mayor costo financiero de la deuda en comparación con un crédito bancario normal

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