EL CASO MEGAUPLOAD: ¿VALEN LO MISMO TODOS LOS DERECHOS DE AUTOR?

El pasado 19 de enero nos despertábamos con la noticia del cierre, por parte del FBI, de la conocida web de descargas Megaupload y la detención de sus responsables.

El motivo, según la justicia estadounidense, conspirar para violar los derechos de copyright, entre otros.

Este hecho pone de manifiesto el conflicto que existe entre la industria del ocio y entretenimiento, las tecnologías de la comunicación y la información, y los derechos de autor.

En este punto cabe preguntarse: ¿Valen lo mismo todos los derechos de autor? ¿Supone esto un ataque a la innovación? ¿Puede pesar tanto la propiedad intelectual que limite otros derechos como la libertad de comunicación y expresión?

Vamos a empezar por el principio.

¿Qué es (o era) Megaupload?

Megaupload era, básicamente, un servicio de descargas directas.

A través del mismo, si un usuario quería compartir un archivo (música, vídeo, etc.), lo subía a los servidores de Megaupload y, en una web de descargas, generaba un enlace público.

A este enlace podía acceder cualquier otro usuario y descargar el contenido.

La idea es bastante sencilla. No es necesario instalar ningún programa y la descarga de cualquier contenido es gratuita.

Pero, ¿esto es rentable?

Esto, concretamente, no. Pero, además, Megaupload, disponía de un servicio de suscripción de pago Premium y espacios para publicidad.

Esto, según algunas fuentes, reportó a Megaupload alrededor de 175 millones de dólares en 5 años.

¿Y dónde está el problema?

El problema está en que parte del contenido subido por algunos usuarios y alojado en Megaupload está protegido por copyright (aunque este es un punto que no queda del todo claro: si Megaupload era una simple página de enlaces o una página de hospedaje).

En cualquier caso, dado que buena parte de sus ingresos provenían de la publicidad, para hacer su plataforma más atractiva a los potenciales anunciantes, Megaupload estimulaba a sus propios usuarios a subir contenidos “interesantes”.

Este es un aspecto importante puesto que expertos aseguran que Megaupload ha tenido, desde su creación en 2005, más de 1.000 millones de visitas y que contaba con más de 180 millones de usuarios registrados en todo el mundo.

No en vano concentraba el 4% del tráfico mundial con 50 millones de visitas diarias.

 ¿Cómo, supuestamente, “animaba” a subir contenidos Megaupload?

Cuando un archivo no era muy descargado, directamente se eliminaba de sus servidores.

Pero, presuntamente, según el escrito de acusación, cuando era muy descargado, se premiaba con incentivos económicos al usuario que lo había subido, que eran mayores cuántas más veces fuese descargado.

Además, si el propietario de los derechos de autor denunciaba un enlace con contenido suyo, éste era eliminado, pero se premiaban a otros enlaces con el mismo contenido.

No obstante, en mi opinión, detrás de todo esto, subyace un problema mucho más importante y es el que quiero analizar en este post.

Este problema es:

¿Quién protege los derechos de todos los usuarios que almacenaron sus archivos legalmente?

Multitud de usuarios empleaban Megaupload para almacenar archivos privados de forma legal.

Con el cierre de Megaupload y el bloqueo de sus contenidos, se ha vulnerado el derecho de miles de usuarios que, sin cometer falta alguna, almacenaban datos personales y a los cuales, en este momento, no tienen acceso.

A través de esta plataforma también se podían compartir contenidos entre empresas con sus clientes, que son perfectamente legales.

Millones de usuarios habían contratado cuentas Premium por las que habían pagado para obtener un servicio del cual han sido privados.

Mis interrogantes / reflexiones

¿No hubiese sido mejor intervenirlo, impidiendo la subida de más archivos, pero dar a estos usuarios un plazo para recuperar sus archivos?

Con esta actuación, ¿no se ha penalizado a otros usuarios y servicios de descarga directa de archivos que actúan de forma legal?

¿No se pone, en general, en tela de juicio la credibilidad de la industria de la distribución de contenidos por Internet que perderá imagen ante usuarios que empleaban legítimamente estos servicios?

¿No se crea una inseguridad jurídica que afecta a otros prestadores legales de estos servicios? ¿Quién se va a arriesgar a abrir y pagar por una cuenta Premium con el riesgo de perder la información?

¿Alguien tiene alguna duda de que el cierre de Megaupload no es el fin de este tipo de servicios? ¿O ya no nos acordamos de Napster? ¿Acaso se dejó de descargar música por Internet? ¿Qué pasa o pasará con Google o YouTube?

¿Por qué valen más los derechos de determinados autores en comparación con los de miles de usuarios que los han visto vulnerados al privárseles el acceso a los mismos?

¿Cuáles son los verdaderos objetivos de la SOPA, la Ley Sinde, etc.? ¿Tanto es capaz de presionar la industria con tal de mantener determinados negocios y privilegios amparándose en la creación de cultura? ¿No sería mejor trabajar en cuál debe ser el modelo para poder compartir información?

 Imagen extraida de http://webalia.com/humor-grafico/megaupload-dvd-r-i-p/gmx-niv82-con4963168.htm

En fin, guardemos un minuto de silencio por Megaupload; 15 segundos si eres usuario Premium.

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