Límites de exposición Profesional para Agentes Químicos en España: 2015

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Haces unas semanas que he retomado la actividad en el blog, en esas ocasiones me he centrado en el ámbito educativo. Pues bien, ha llegado la hora de reiniciar la actividad preventiva. Y nada mejor para ello, que iniciar esta nueva etapa con una guía; concretamente con los límites de exposición profesional para Agentes Químicos (2015).

Es bien sabido por todos los que estamos relacionados directa e indirectamente con el mundo de la prevención de Riesgos Laborales que cada año el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene el Trabajo (INHST) publica una guía de este tipo con datos actualizados e introduciendo nuevas sustancias.

Esta información es de especial interés en la práctica de la Higiene Industrial, pues para llevar a acabo la evaluación y el control de riesgos derivados de la exposición laboral a agentes químicos, debemos de tener actualizados y presentes los nuevos datos recogidos en la citada guía. Y por supuesto, no debemos de olvidarnos que son fundamentales en la elaboración de las fichas de seguridad.

No en vano, los límites de exposición profesional son los valores de referencia que se usan para la evaluación y control de los riesgos inherentes a la exposición de los trabajadores (principalmente por inhalación) a los agentes químicos presentes en los puestos de trabajo. Siendo su principal función la de proteger la salud de los trabajadores. Eso sí, no constituyen una barrera definida de separación entre situaciones seguras y peligrosas.

Como hemos comentado estos límites son utilizados en la práctica de la Higiene Industrial y no para otras aplicaciones. Así, por ejemplo, no deben utilizarse para la evaluación de la contaminación medio­ ambiental de una población, de la contaminación del agua o los alimentos, para la estimación de los índices relativos de toxicidad de los agentes químicos o como prueba del origen, laboral o no, de una enfermedad o estado físico existente.

Centrándonos en la propia guía, y a modo de resumen, debemos de comentar que en esta nueva revisión los agentes químicos se han clasificado en cinco tablas.

  • LISTA DE VALORES LÍMITE AMBIENTALES DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL: donde se localizan los agentes químicos que tienen un valor adoptado (recogidos en la tabla 1).
  • AGENTES QUÍMICOS CANCERÍGENOS Y MUTÁGENOS: que recoge los agentes químicos que, hasta la fecha, están clasificados en las categorías de carcinogénicos 1A y 1B y/o mutagénicos 1A y 1B y para los que se han establecido (recogidos en la Tabla 2).
  • VALORES LÍMITE AMBIENTALES CON ENTRADA EN VIGOR EN LOS PRÓXIMOS AÑOS: donde se incluyen las sustancias que se incluirán en un futuro próximo en la tabla 1 (recogidos en la tabla 3).
  • LISTA DE VALORES LÍMITE BIOLÓGICOS: se encuentran identificados lo agentes químicos, metabolitos o parámetro bioquímico que pueden resultar alterados debido a la exposición al xenobiótico. (recogidos en la tabla 4)
  •  VALORES LÍMITE BIOLÓGICOS CON ENTRADA EN VIGOR EN LOS PRÓXIMOS AÑOS: se incluyen los agentes químicos, metabolitos o parámetros bioquímicos que se incluirán en un futuro próximo en la tabla 4 (recogidos en la tabla 5).

Finalmente se incluye el listado de agentes químicos que se encuentran en estudio bien para:

  1.  Modificar o actualizar su valor límite actual.
  2. Proponer un nuevo valor límite para un agente que no existía con anterioridad en el documento.

Durante el tiempo que el agente permanezca en esta lista, serán bienvenidas las observaciones y sugerencias respecto a la modificación o incorporación. Tales comentarios, cuando proceda por razón de su naturaleza, deben ser acompañados por la información en que se apoyen y enviados al Grupo de Trabajo para el establecimiento y actualización de los Valores Límite de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España a la siguiente dirección de correo electrónico valoreslimite@insht.meyss.es.

Indicaros que dicho listado se puede encontrar en: http://www.insht.es

La presente guía puede ser consultada o descargada en: Insht

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