Métodos para ahorrar en el IRPF de 2011 (y II): Decálogo de consejos fiscales

En esta segunda parte del artículo se presentan distintas estrategias para reducir nuestra factura fiscal.

Es cierto que Hacienda somos todos, pero como unos la sufren más que otros, ahí va una ayuda:

1. PLANES DE PENSIONES

 Sigue siendo el producto financiero estrella para reducir el pago de impuestos y, a la vez, para ahorrar para la jubilación.

Estos últimos días del año son idóneos para realizar aportaciones a planes de pensiones ya que, según los casos, cada contribuyente puede ahorrar entre un 24% y un 46% de la inversión realizada en la declaración de la renta del año próximo para contribuyentes con rentas del trabajo o actividades económicas.

El límite general de estas aportaciones es de 10.000 euros, aunque aumenta hasta los 12.500 euros cuando el partícipe tiene más de 50 años. Además, este límite no puede superar el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas; o el 50%, para los mayores de 50 años.

Si el cónyuge no dispone de rentas netas del trabajo ni de actividades económicas o no son superiores a los 8.000 euros, también es posible realizar aportaciones a un plan de pensiones a su nombre por un máximo de 2.000 euros.

También son deducibles las aportaciones a favor de familiares con discapacidad hasta un tercer grado de parentesco.

2. ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL

A partir del 1 de enero de 2011, la deducción por adquisición de vivienda habitual ha quedado reducida a los contribuyentes con una renta (base imponible) inferior a 24.107 euros, admitiéndose un importe máximo de inversión deducible de 9.040 euros anuales, a un porcentaje de deducción de un 15%.

Todos aquellos ciudadanos que estén pensando adquirir su vivienda habitual y estén comprendidos dentro del límite citado, pueden deducir hasta el 15% de las cantidades satisfechas (18% en el País Vasco).

Un contribuyente medio podría obtener un ahorro de 450 euros por una aportación de 3.000 euros. Además, debe tenerse en cuenta que, hasta final de año, se aplica un tipo impositivo de IVA del 4% a la compra de vivienda en lugar del 8% que, normalmente, sería aplicable.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda producir una modificación normativa que prorrogue el tipo del 4%.

3. AMPLIACIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL

 También podemos utilizar como instrumento para desgravar las cantidades destinadas a ampliar la superficie habitable de la vivienda o a llevar a cabo la rehabilitación de la misma.

Los límites son los mismos que los indicados para la adquisición de vivienda.

4. REFORMAS EN VIVIENDAS

 Se incluyen en este apartado no sólo las obras de mejora en la vivienda habitual sino también a cualquier vivienda propiedad del contribuyente que no esté afecta a actividades económicas.

Estas obras (que no pueden ser pagadas en metálico, sino mediante transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta) deben ir destinadas a mejorar la eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios y viviendas, la seguridad y la estanqueidad de los edificios, a favorecer la accesibilidad al edificio o las viviendas, o bien a la instalación de infraestructuras para el acceso a Internet y la TDT. Se excluyen las obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.

También se incluyen las obras para instalar ascensores o adaptarlos a las necesidades de personas con discapacidad, instalar o mejorar rampas de acceso a edificios, o las obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años.

5. PLUSVALÍAS POR VENTA DE VIVIENDA HABITUAL

 Si el contribuyente ha vendido su casa, la ganancia que hubiese podido obtener tributará al 19% hasta 6.000 euros y al 21% el resto.

Para neutralizar esta tributación se puede optar por la reinversión total o parcial del importe obtenido en la adquisición de otra vivienda habitual.

6. CUENTA AHORRO EMPRESA PARA CREAR UNA SOCIEDAD

 Para todos aquellos con espíritu emprendedor que se animen a poner en marcha un negocio antes de cuatro años mediante Sociedad Limitada Nueva Empresa, podrán disfrutar de una cuenta ahorro-empresas, que permite deducirse el 15% de las aportaciones, con un límite de 9.000 euros anuales.

7. MINUSVALÍAS EN INVERSIONES

 Ésta en una buena época para hacer cuentas y materializar las pérdidas generadas por algún fondo de inversión, acciones o derivados financieros, ya que supondrá un ahorro si se compensan con las ganancias patrimoniales obtenidas, sin que importe el periodo de generación de las mismas.

8. DEDUCCIONES PARA TRABAJADORES

 Los trabajadores pueden aprovechar esta recta final del año para realizar aportaciones a colegios de huérfanos o entidades similares, pagar cuotas sindicales o las de colegios profesionales con carácter obligatorio.

Este tipo de gastos así como los de defensa jurídica contra el empleador podrían reducir las rentas hasta 300 euros.

Además, pueden quedar exentos de tributación los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero, con un límite máximo de 60.100 euros anuales.

9. APORTACIONES A PARTIDOS POLÍTICOS

 Las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que también pueden deducírselas hasta 600 euros anuales, lo que supondría un ahorro máximo en la factura fiscal desde 144 euros hasta 276 euros según la renta y la aportación del contribuyente.

10. DONATIVOS

Hacer donativos a alguna ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva, entidades acogidas a la Ley 49/2002, pidiendo siempre un recibo o certificado puede desgravar entre un 10% y un 30% de las aportaciones, quedando exentas las ganancias patrimoniales que se puedan imputar como consecuencia de la transmisión.

La media de ahorro estimada sería de 75 euros.

Espero que os sirva de ayuda. Y acordaos: si Hacienda somos todos, yo quiero mi parte!

1 Comentario

  • Escasamente dejo comentarios en las paginas pero tu contenido me
    obligo a dejarlo. Estupendo trabajo.

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